24h Navarra.

24h Navarra.

Condenado por amenazar y agredir verbalmente a su pareja en Tudela.

Condenado por amenazar y agredir verbalmente a su pareja en Tudela.

El pasado 12 de diciembre, Pamplona se convirtió en escenario de un caso que resuena fuertemente dentro del preocupante contexto de la violencia de género en España. Un vecino de Tudela ha sido condenado por un juez del Juzgado de lo Penal número 5 por haber enviado a su expareja una serie de mensajes de audio plagados de insultos y amenazas, acciones que buscaban humillarla y perturbar su paz emocional.

En virtud de la sentencia emitida, que ha sido objeto de apelación ante la Audiencia de Navarra, el hombre, de 54 años, ha recibido una condena de seis meses de prisión por incurrir en amenazas leves dentro del marco de la violencia de género. Además, se le impuso una multa de 600 euros por injurias y vejaciones injustas. Como parte de las medidas cautelares, el condenado tiene prohibido acercarse a la víctima a menos de 200 metros ni comunicarse con ella durante un periodo de un año y seis meses.

El Tribunal de Justicia de Navarra ha detallado que la víctima y el acusado mantenían una relación que se inició en febrero de 2022. Sin embargo, fue durante el inevitable deterioro de esta relación que el acusado comenzó a enviar audios con contenido despectivo y amenazante, evidenciando una conducta orientada a menospreciar y someter a su ex pareja.

La juez fundamentó su decisión a partir de las pruebas presentadas en el juicio, entre las que se incluían testimonios de la víctima, la declaración del acusado y la reproducción durante la vista de los audios en cuestión. Estos archivos fueron verificados por el letrado de la administración de justicia y, sorprendentemente, el acusado no los negó, limitándose a argumentar que estaban "sacados de contexto" y que su pareja lo había atacado verbalmente primero.

Sin embargo, la magistrada desestimó esta defensa, afirmando que la alegación carecía de sustento probatorio, dado que la víctima rechazó haber provocado al acusado. De hecho, destacó que no se encontró ninguna grabación que respaldara tal afirmación. En contraparte, los audios analizados estaban repletos de expresiones ofensivas y degradantes, cuyo único propósito era la humillación de la víctima, quien, en su defensa, solo realizó críticas sobre la conducta del acusado durante su relación. Estas recriminaciones, además, eran parte del conflicto que atraviesan ambas partes en medio de una ruptura dolorosa.

Por otro lado, aunque el acusado admitió haber pronunciado las amenazas, justificó sus palabras alegando sentirse agobiado y queriendo resolver un problema relacionado con un bar que enfrentaba reclamaciones legales. Sin embargo, la magistrada puntualizó que el contenido literal de sus amenazas era suficientemente claro como para generar angustia e inquietud en la víctima, quien expresó sentirse amenazada, especialmente considerando que el acusado era guardia civil y poseía un arma de fuego.

Finalmente, la sentencia no solo incluye la pena de prisión y la multa, sino también una privación del derecho a poseer y portar armas por un período de un año y un día, lo que resalta la grave naturaleza de los delitos de violencia de género en este contexto y la imperiosa necesidad de medidas contundentes para proteger a las víctimas de tales situaciones.