El Tribunal Constitucional ha emitido un fallo parcialmente a favor del presidente del Gobierno de España, al estimar por unanimidad su recurso de inconstitucionalidad contra la modificación de la ley foral de Contratos Públicos aprobada por el Parlamento de Navarra en octubre de 2021.
En esta ocasión, el TC ha declarado inconstitucional el apartado dos y sesenta y cinco del artículo único de la ley foral, argumentando que la exclusión de ciertos servicios jurídicos del ámbito de contratación pública va en contra de la normativa básica dictada para garantizar la igualdad y el trato común ante las administraciones públicas.
En relación a los efectos de la sentencia, se destaca que no afectará a situaciones ya consolidadas y que la inconstitucionalidad solo tendrá consecuencias de cara al futuro, sin impactar en los contratos previamente establecidos antes del fallo del Tribunal Constitucional.
La magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga ha sido la ponente de la sentencia, que ha apreciado la pérdida de objeto del recurso de inconstitucionalidad en cuanto al artículo 7.1 m) y a la disposición adicional vigesimoprimera de la ley foral, debido a las modificaciones introducidas por los Presupuestos Generales de Navarra para los próximos años.
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