El Tribunal Superior de Navarra ratifica una pena de 7 años y medio de cárcel por abuso sexual a la sobrina.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la condena de 7 años y 6 meses de prisión a un hombre que perpetró una violación contra su sobrina en febrero de 2022 en una localidad cercana a Pamplona. Este fallo sigue a la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra, que había dictado la sentencia en julio.
El condenado, originario de Brasil, no solo cumplirá su pena privativa de libertad, sino que también estará sujeto a una orden de alejamiento que le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 11 años. Además, cumplirá un período de libertad vigilada de 6 años posterior a su salida de prisión. La indemnización por el daño emocional causado a la víctima se ha fijado en 10.000 euros, según ha informado el tribunal.
El caso se inició cuando la víctima, en ese momento de 22 años, viajó a Pamplona para recibir la vacuna contra la COVID-19. Después de la cita, recibió un mensaje de su tío y acordaron encontrarse en una plaza de la ciudad. El acusado y otros hombres la recogieron y la llevaron a su casa, asegurándole que era la última persona de la familia que faltaba por visitar su hogar.
Durante la visita, en un ambiente que parecía amistoso, el acusado le prometió protegerla con palabras de afecto, antes de que la situación diera un giro oscuro. En la habitación, el sujeto y su amigo consumieron cocaína; la víctima, ajena a este consumo, fue dejada sola con el agresor. Aprovechando la soledad, el hombre bloqueó la entrada y cometió el delito.
Después de sufrir la violación, la víctima logró comunicarse con su hermano, pidiéndole que la recogiera. La respuesta de la justicia fue objeto de apelaciones por parte de la defensa del condenado, que argumentó que la condena se basaba en rumores y contradicciones en el relato de la víctima. Sostuvo que la joven había cambiado su versión de los eventos en varias ocasiones.
No obstante, los jueces reiteraron que la versión de la víctima se había mantenido consistente en lo fundamental. Aunque su relato tuvo variaciones respecto a algunos detalles, el tribunal defendió que esto no constituía una contradicción significativa. En cambio, se refirió al estado emocional de la víctima, que fue evidente para quienes la encontraron antes de que hiciera la denuncia, observando su inquietud y angustia.
Los jueces concluyeron que estos testimonios ofrecían respaldo a la seriedad de lo ocurrido, contrastando con la defensa del acusado, que intentaba argumentar que se trataba de un encuentro consensuado. Ante este panorama, también rechazaron el intento de la acusación de incrementar la pena, ya que consideraron que no se había presentado adecuadamente la reclamación legal correspondiente.
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