El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha decidido reducir la pena de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a uno de los condenados de la Manada por la violación grupal en los Sanfermines de 2016. La rebaja se debe a la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley de "solo sí es sí".
Según el TSJN, la condena se ha reducido a 14 años de prisión debido a que el Tribunal Supremo fijó originalmente una pena "próxima" o "cercana" al mínimo legal. Sin embargo, la ley mencionada ha reducido significativamente esos mínimos, por lo que la pena impuesta de 15 años ya no se considera cercana al mínimo legal.
La decisión ha sido tomada por los magistrados Joaquín Galve Sauras, presidente del TSJN, y Francisco Javier Fernández Urzainqui. Por otro lado, la magistrada Esther Erice Martínez ha presentado un voto particular en el que se opone a la revisión de la condena.
La defensa del condenado había solicitado que la pena se redujera a 13 años y 9 meses, pero esta petición fue rechazada por la Audiencia Provincial y posteriormente apelada ante el TSJN.
Los magistrados argumentan que la reforma de la ley es más favorable para el acusado, ya que ha reducido la pena mínima correspondiente al delito. Por tanto, consideran que la pena de 14 años de prisión es razonable y cumple con los criterios de proporcionalidad establecidos por el Tribunal Supremo en su sentencia original.
A pesar de la decisión del TSJN, la magistrada Esther Erice sostiene que la revisión de la pena no es procedente. Señala que la pena original de 15 años ya se consideraba cercana al mínimo legal y que, aplicando un criterio aritmético, la pena resultante debería ser de 14 años, 1 mes y 25 días.