24h Navarra.

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El TSJN revoca la condena de prisión a un hombre que reaccionó con un golpe tras recibir un puñetazo.

El TSJN revoca la condena de prisión a un hombre que reaccionó con un golpe tras recibir un puñetazo.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha anulado una sentencia previa de la Audiencia Provincial que había condenado a un hombre a cuatro meses de prisión, así como a una indemnización de 111.331,95 euros. Este hombre había reaccionado con un golpe a su agresor, quien le había dado un puñetazo en la cara, lo que llevó al TSJN a reconsiderar la apropiación de su defensa personal.

En su reciente fallo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN afirma que el comportamiento del acusado no sobrepasó los límites permitidos de la legítima defensa, señalando que la decisión de actuar de esa manera era razonable dado el contexto de la agresión.

Los hechos ocurrieron el 19 de febrero de 2021, en un bar de Lodosa. El agresor, que también era coacusado en este caso, entró al establecimiento cuando sólo se encontraban el propietario, una camarera y la hija de esta última. El ambiente ya era tenso, y el hombre, tras encararse al dueño del bar, comenzó a lanzar amenazas y a alzar un taburete, lo que obligó a la hija a alertar a su madre de la situación.

A medida que la situación escaló, el hombre continuó con su comportamiento agresivo, amenazando de muerte al propietario y arrojándolo contra una cafetera. Tras una serie de confrontaciones, el agresor logró golpear al dueño del bar en la cara, lo que resultó en lesiones significativas para este último.

En un intento de defenderse, el propietario reaccionó con un golpe que hizo caer a su atacante, quien terminó inconsciente. Como consecuencia de la caída y las lesiones, el agresor requirió un extenso periodo de recuperación y sufrió secuelas que incluyeron epilepsia.

El agresor, bajo la influencia de alcohol, fue sancionado por lesiones leves y recibió una multa total de 480 euros, mientras que el propietario fue inicialmente condenado a prisión, aunque el TSJN consideró que su respuesta fue completamente justificada en el contexto de defensa propia.

La Sala del TSJN subraya que la conducta agresiva del copartícipe resultó determinante para calificar la reacción del propietario como defensa legítima. El tribunal destacó que el golpe propinado constituía una reacción a una agresión ilegítima, revalidando así el concepto de proporcionalidad que fundamenta el derecho a la defensa personal.

El fallo también hace hincapié en que, al juzgar situaciones de defensa personal, el resultado de la confrontación no debe ser el único factor que determine la validez de la respuesta del agredido. La legitimidad de sus acciones radica en el contexto de la amenaza recibida y la naturaleza de la agresión, que no puede ser ignorada.