El Gobierno de Navarra ha aprobado un decreto foral para actualizar el reglamento orgánico del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN), con el objetivo de fortalecer su independencia y imparcialidad. Este organismo, único en el Estado, se encarga de resolver recursos de alzada contra actos administrativos y acuerdos de entidades locales en Navarra, y este año celebra su 60º aniversario.
El vicepresidente primero del Gobierno foral, Félix Taberna, junto a la presidenta del TAN, María Jesús Moreno, y el director general de Presidencia, ha destacado la labor resolutiva del TAN en beneficio de la ciudadanía, evitando en muchos casos recurrir a instancias judiciales. El año pasado, el TAN resolvió más de 3.200 recursos de entidades locales, con solo el 3,3% de sus decisiones siendo impugnadas judicialmente.
El TAN se presenta como un recurso accesible y eficaz para proteger los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración Local, vigilando además la legalidad de los entes locales a través del recurso de alzada potestativo, que no requiere asistencia legal obligatoria.
El nuevo reglamento del TAN, aprobado recientemente, busca realzar la importancia y dignidad de este organismo adaptándolo a los retos futuros, con una mayor precisión en las funciones de sus órganos y un proceso reglado para la designación de presidencias de sección. Además, se establecen reglas internas para garantizar su independencia y transparencia.
En 2023, el TAN recibió más de 2.500 recursos, mayoritariamente relacionados con temas de tráfico, y resolvió un total de más de 3.200 casos. Solo un pequeño porcentaje de decisiones fueron impugnadas, confirmando la efectividad del tribunal en la resolución de controversias.
Entre los asuntos que gestiona el TAN se encuentran temas de bienes, contratación administrativa, haciendas locales, servicios públicos, subvenciones, tráfico y urbanismo, entre otros. Los recursos de alzada deben resolverse en un plazo de seis meses, y en caso de no obtener respuesta, se considerarán desestimados. La ejecución de las resoluciones corresponde a la entidad local en cuestión.
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