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Condenan a cinco meses de cárcel en Pamplona por difundir en TikTok un video íntimo de su ex pareja.

Condenan a cinco meses de cárcel en Pamplona por difundir en TikTok un video íntimo de su ex pareja.

PAMPLONA, 5 de junio. Un hombre ha sido sentenciado a cinco meses de cárcel por un delito relacionado con la difusión no autorizada de contenido íntimo de su expareja, en un episodio que resalta los peligros del abuso digital en la era del contenido viral. La decisión fue tomada por la jueza del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Pamplona, quien aplicó el rigor legal en un contexto cada vez más comprometido con la protección de la intimidad personal.

La sentencia se logró tras un acuerdo entre las distintas partes implicadas: la fiscalía, la acusación particular y la defensa, lo que permitió a la jueza suspender la pena de prisión, siempre que el condenado no cometa ningún delito en los próximos dos años. También se le impuso la obligación de no comunicarse ni acercarse a la víctima, así como participar en programas que promuevan la igualdad y la no discriminación.

La resolución judicial concluyó que el acusado y la denunciante tuvieron una relación sentimental durante el año 2024, en la que ella compartió varios vídeos íntimos a través de WhatsApp. Sin embargo, en enero de 2025, sin el consentimiento de la mujer, el hombre decidió subir uno de esos vídeos a TikTok, haciéndolo accesible al público de esa plataforma.

Durante el juicio rápido, que tuvo lugar el miércoles, la fiscalía solicitó una condena más severa de siete meses y quince días de prisión, una reclamación respaldada por la acusación particular. El acusado, asistido por su abogado, aceptó los hechos que se le imputaban y accedió a la pena solicitada, mostrando su conformidad de manera libre y consciente de las implicaciones legales.

Gracias a su aceptación de la culpabilidad, se le aplicó una reducción de un tercio de la pena, resultando finalmente en una condena de cinco meses. Además, durante dos años, no podrá acercarse a menos de 300 metros del hogar, trabajo o lugares frecuentados por la víctima, lo que implica un esfuerzo por garantizar su seguridad y bienestar después de la experiencia traumática.

Con la aceptación de estas condiciones, la jueza decidió suspender el cumplimiento de la pena de prisión, a condición de que el acusado cumpla con todas las obligaciones impuestas, reflejando una nueva aproximación hacia la justicia en casos de violencia de género y abusos digitales.