24h Navarra.

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Hombre recibe cinco años de cárcel por agredir a otro con un cuchillo en Pamplona.

Hombre recibe cinco años de cárcel por agredir a otro con un cuchillo en Pamplona.

El tribunal de la Audiencia de Navarra ha dictado una sentencia que condena a un individuo a cinco años de prisión por agredir a otro hombre en un edificio desocupado de Pamplona. Los hechos sucedieron el pasado mes de mayo y han puesto de relieve las tensiones que surgen en contextos de ocupación y convivencia entre personas en situaciones vulnerables.

El condenado, un hombre de 32 años originario de Argelia, no podrá acercarse a la víctima ni comunicarse con ella durante un período de siete años. Además, deberá pagar una indemnización de 25.050 euros por las lesiones y secuelas que le ha causado a la otra persona, como se establece en la resolución judicial que puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Los eventos tuvieron lugar alrededor de las 19:30 horas del 2 de mayo. Según el fallo, la discusión inicial entre el agresor y la víctima estaba relacionada con las normas de convivencia y el mantenimiento del espacio habitado, donde viven principalmente personas migrantes en condiciones de exclusión social. La víctima, destacada por sus esfuerzos en mejorar estas condiciones, era responsable de llevar un registro de quienes colaboraban en la limpieza del lugar, con apoyo de organizaciones benéficas que proveen comida y productos esenciales a los implicados.

El desencadenante del altercado fue la insistencia del acusado por ser incluido en la lista de los que ayudaban en la limpieza, a lo que la víctima se opuso debido a la falta de colaboración del agresor. Después de una breve salida a su habitación, el condenado regresó al lugar y, en medio de la discusión, utilizó un objeto cortante para agredir a la víctima, hiriéndola en la cara y haciendo comentarios amenazantes en árabe.

Las secuelas de este ataque son evidentes, ya que la víctima ha quedado con cicatrices que alteran su apariencia física. Estas heridas han sido calificadas como deformantes, generando así un impacto emocional y social considerable. La situación del agresor, que se encuentra en prisión provisional y en situación irregular en España, complicará su posible deportación, dado que Argelia no acepta la repatriación de ciudadanos procedentes de España.

En el juicio, realizado a finales de junio, la fiscalía clasificó los hechos como un delito de lesiones agravadas, pidiendo una pena de seis años, mientras que la defensa abogó por la absolución o, en su defecto, la consideración de la drogadicción como atenuante. Sin embargo, el tribunal ha encontrado la versión del denunciante completamente coherente y verosímil, respaldada por la evidencia de un testigo que presenció los hechos y sufrió intimidaciones para silenciar su testimonio.

La sentencia se fundamenta también en las declaraciones de los agentes policiales y en el informe elaborado por el médico forense. En contraste, la defensa del acusado presenta una narrativa que el tribunal califica de poco creíble, argumentando que el agresor se defendió debido a una supuesta agresión previa por parte de la víctima.

Respecto a la calificación de las lesiones, la sentencia destaca que las cicatrices son claramente visibles y afectan la calidad de vida de la víctima, lo que justifica la condena impuesta en este caso. Asimismo, los magistrados han desestimado la atenuante solicitada por la defensa por falta de pruebas que la respalden, reforzando la gravedad de los hechos y su impacto en la vida de la víctima.