24h Navarra.

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El TSJN ratifica la condena de 18 años a la interna que mató a su compañera en la prisión de Pamplona.

El TSJN ratifica la condena de 18 años a la interna que mató a su compañera en la prisión de Pamplona.

En un importante pronunciamiento, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado la condena de 18 años de prisión a una mujer que, en un trágico suceso ocurrido entre el 7 y 8 de noviembre de 2021, asesinó a su compañera de celda en el centro penitenciario de Pamplona mediante asfixia.

La decisión judicial, que aún puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, reafirma la sentencia dictada por la jueza de la Audiencia Provincial que había liderado el juicio con jurado popular, de acuerdo con la información proporcionada por el TSJN.

Además, el tribunal también ha impuesto responsabilidad civil a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que deberá compensar a los familiares de la víctima. La hija menor recibirá 148.096 euros, mientras que la madre y la pareja sentimental de la fallecida recibirán 65.820 euros y 20.000 euros, respectivamente.

La mujer asesinada cumplía una condena en el mismo centro desde abril de 2021 y era recluida de apoyo en el Programa de Prevención de Suicidios, en el que se ocupaba de cuidar a la acusada. Sin embargo, el día del crimen, había manifestado su descontento sobre la situación y había solicitado oficialmente su renuncia a estar junto a esta reclusa, señalando que afectaba su salud mental. A pesar de esto, no se tomaron medidas preventivas por parte del centro penitenciario.

Durante las horas previas al crimen, entre las 21:03 del 7 de noviembre y las 3:10 del siguiente día, la acusada estranguló a su compañera en un ataque sorpresivo. Según la sentencia, utilizó un objeto que no causó abrasión, lo que exquisitamente planificó su ataque.

Después del juicio celebrado entre el 30 de septiembre y el 3 de octubre, el jurado popular determinó la culpabilidad de la acusada, quien ahora cuenta con 51 años, por asesinato con una atenuante debido a su alteración psíquica provocada por una severa adicción a las drogas.

A pesar de la apelación de la defensa, que solicitó la repetición del juicio y la anulación de la alevosía, el TSJN ha desestimado estas peticiones. Los magistrados confirmaron la validez del veredicto del jurado y rechazaron la alegación de falta de pruebas o incomunicación en el juicio.

El fallo expone que se realizaron pruebas periciales adecuadas y que la defensa no objetó en su momento, además de que no han surgido nuevas evidencias que justificaran la repetición del juicio.

Los magistrados también respaldaron la decisión del jurado sobre la alevosía del crimen, concluyendo que la víctima no tuvo oportunidad de defensa ante un ataque por la espalda que fue rápido y sorpresivo. Se destacó que este hecho redujo drásticamente cualquier posibilidad de que la víctima pudiera protegerse.

Asimismo, el tribunal ratificó que la adicción a sustancias como la cocaína y la heroína afectó las capacidades intelectivas y volitivas de la acusada, aunque no de manera grave. Este dictamen se alinea con las evaluaciones realizadas por el médico forense.

Finalmente, la sala desestimó las reclamaciones de dilaciones indebidas, reafirmando la decisión unánime del jurado que consideró contundente su respuesta respecto a la propuesta presentada en el veredicto.