24h Navarra.

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La Oficina Anticorrupción denuncia serios fallos en la asignación de 62 viviendas protegidas en Erripagaña.

La Oficina Anticorrupción denuncia serios fallos en la asignación de 62 viviendas protegidas en Erripagaña.

PAMPLONA, 15 de septiembre. La reciente investigación realizada por la Oficina de Buenas Prácticas y Anticorrupción de Navarra ha puesto en el centro del debate público el contrato de construcción de 62 Viviendas de Protección Oficial (VPO) en Erripagaña. El informe denuncia que la empresa pública Nasuvinsa ha actuado con un desprecio alarmante por los principios fundamentales de la contratación pública, incumpliendo de manera flagrante la normativa vigente.

Las conclusiones de la Oficina Anticorrupción son contundentes al afirmar que el comportamiento de Nasuvinsa va más allá de simples irregularidades administrativas, señalando que la acumulación de infracciones es tan evidente que no se puede pasar por alto. Este análisis pone de manifiesto una clara vulneración de la ley foral que regula los contratos públicos, lo que podría tener repercusiones graves para la gestión pública en la región.

El informe, al que tuvo acceso Europa Press, subraya que los adjudicadores que no son considerados como Administración Pública, como es el caso de Nasuvinsa, deben ceñirse estrictamente a las directrices establecidas por la ley de Contratos Públicos. Sin embargo, se señala que esta normativa fue sistemáticamente ignorada durante el proceso de adjudicación.

Entre las irregularidades destacadas, se menciona la falta de autorización por parte del Gobierno de Navarra para proceder con el contrato, así como la ausencia de pasos preparatorios esenciales en el proceso. Además, el informe señala la carencia de nombramientos adecuados en la Mesa de Contratación, la falta de declaraciones de conflicto de interés de sus miembros y la ausencia de decisiones formales de Nasuvinsa que validaran el proceso de contratación.

El análisis también critica notablemente a Nasuvinsa por no haber presentado la documentación requerida por dos licitatorias, así como por no haber excluido a la licitadora ganadora, que presentó información en el lugar incorrecto durante la licitación. Esta falta de transparencia y rigor en el proceso de contratación es alarmante y plantea serias dudas sobre la validez del contrato adjudicado.

Asimismo, el informe destaca la ausencia de actas de la Mesa de Contratación, la falta de propuestas formales y la adjudicación del contrato a una unión temporal de empresas (UTE) que no cumplió con los requisitos necesarios establecidos. La Oficina de Buenas Prácticas también resalta la falta de documentación que certifique que los subcontratistas no enfrentan impedimentos para contratar, lo que añade otra capa a la crítica sobre el procedimiento seguido.

La Oficina concluye que la magnitud de las omisiones en el proceso de contratación es tan grave que Nasuvinsa no ha logrado ofrecer una justificación legal razonable para su actuación. Es especialmente preocupante que el director gerente de Nasuvinsa haya argumentado que las normativas de la LFCP no se aplican a su entidad, cuestionando así el marco regulador establecido para la contratación pública.

Por último, el informe destaca que las justificaciones presentadas por el director gerente son insostenibles, especialmente en lo que respecta a la participación de la Junta de Contratación Pública en la evaluación de contratos de gran envergadura, señalando que las normas son claras y deben ser respetadas, sin excusas que pongan en riesgo la transparencia y eficacia de la gestión pública en Navarra.