24h Navarra.

24h Navarra.

Hombre sentenciado a cinco años de cárcel por agredir sexualmente a una amiga en Pamplona.

Hombre sentenciado a cinco años de cárcel por agredir sexualmente a una amiga en Pamplona.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha emitido un nuevo fallo en relación a un caso de agresión sexual que ha marcado la atención pública. La sentencia ha reducido la pena de prisión impuesta inicialmente, disminuyéndola de 7 a 5 años, tras determinar que la Audiencia Provincial cometió un error en la aplicación del marco legal aplicable al caso.

En este caso, se condena a un hombre ecuatoriano de 29 años, quien agredió sexualmente a una mujer que se encontraba en estado de inconsciencia por el consumo de alcohol, mientras su marido estaba igualmente incapacitado en el baño. La situación fue descrita como especialmente preocupante por el TSJN, que subraya lo reprochable de la conducta del agresor.

La reducción de la pena se fundamenta en la incorrecta interpretación del Código Penal por parte de la Sección Primera de la Audiencia. El TSJN ha señalado que, dados los hechos ocurridos en diciembre de 2022, debió haberse aplicado la Ley Orgánica 10/2022, que establece un rango de penas diferente para este tipo de delitos. Este nuevo marco legal prevé penas de entre 4 y 12 años, en contraste con la anterior normativa que establecía un rango de 6 a 12 años.

Los magistrados del TSJN identificaron un "error evidente" respecto al uso del marco legal, así como la incorrecta valoración de la atenuante de intoxicación por parte de la Audiencia. Si bien consideran que el acusado debe enfrentar una pena de 5 años, también han decidido reducir las restricciones impuestas a su libertad, limitando su comunicación y acercamiento a la víctima durante 7 años, dos menos de lo determinado inicialmente.

Según los hechos constatados, durante una noche que comenzó en una discoteca, el procesado llevó a su hogar a una pareja con la que había estado compartiendo bebidas alcohólicas. En la vivienda, tras preparar el lugar para pasar la noche, la víctima fue incapaz de mantenerse consciente debido a la ingestión de alcohol, mientras su esposo se retiró al baño, donde acabó vomitando.

Fue en ese momento, aprovechando la situación, que el acusado cometió la agresión. Cuando la víctima despertó y se dio cuenta de lo ocurrido, corrió en busca de su marido, encontrándose con un fuerte impacto emocional que ha derivado en síntomas de ansiedad, culpa, y un marcado aislamiento social, junto con un profundo sentimiento de desconfianza hacia los demás.

El TSJN, al igual que la Audiencia Provincial, ha determinado que el acto de agresión sexual fue perpetrado sobre una persona que estaba "privada de sentido". En su fallo, los jueces han enfatizado la importancia de la falta de consentimiento en este tipo de delitos. A pesar de las afirmaciones del acusado sosteniendo que hubo consentimiento, el tribunal concluye que la vulnerabilidad de la víctima por su estado de embriaguez eliminó cualquier indicio de un consentimiento válido.